Álvaro Flórez Estrada
(Pola de Somiedo, 1766-Noreña, 1853) Economista y político español. Defensor acérrimo del librecambismo comercial y de la libertad de reunión y de imprenta, fue crítico con la desamortización de Mendizábal. Publicó Curso de economía política (1828), tratado que refleja las opiniones de los economistas clásicos ingleses y que es considerada como la obra más importante de teoría económica del siglo XIX en España.
Álvaro Flórez Estrada
Estudió derecho en la Universidad de Oviedo y pasó dos periodos en Madrid; en el primero de ellos, en 1795, Manuel Godoy le desterró a Asturias como consecuencia de sus simpatías hacia la Revolución Francesa, y en el segundo se hizo cargo de la Tesorería de Rentas de la Corte, cargo que abandonó para retornar de nuevo a Asturias. Al iniciarse la Guerra de la Independencia (1808-1814), la Junta General de Asturias le nombró procurador general del Principado, puesto desde el que, además de reclamar la insurrección contra el ejército napoleónico, Álvaro Flórez Estrada reivindicó la necesidad de convocar Cortes Generales y de promulgar una Constitución.
Posteriormente se trasladó a Sevilla, donde se había reunido la Junta Central, en la que presentó un proyecto de Constitución y unas Reflexiones sobre la libertad de imprenta. En 1810 viajó desde Sevilla a Gran Bretaña, donde publicó tres importantes textos: Constitución para la nación española presentada a la Junta Suprema de España e Indias (1810), Introducción para la historia de la revolución española (1810) y Examen imparcial de las disensiones de la América con la España, de los medios de su recíproco interés, y de la utilidad de los aliados con España (1811).
A su vuelta a España en 1812, se instaló en Cádiz, donde fundó y dirigió la publicación El tribuno del pueblo español, periódico que se convirtió en el portavoz de los sectores liberales exaltados. Las Cortes de Cádiz lo nombraron intendente del ejército de la provincia de Sevilla. La restauración del absolutismo llevada a cabo por Fernando VII le obligó a exiliarse a Gran Bretaña en 1814, etapa en la que fundó el periódico El Español Constitucional y publicó el folleto Representación a S.M. Fernando VII en defensa de las cortes (1818), en el que acusaba al monarca de abuso de poder y proponía como alternativas la conclusión de la política represiva, la convocatoria de Cortes de acuerdo a las reglas fijadas por las Cortes extraordinarias y la declaración de libertad de imprenta.
El triunfo del alzamiento del general Rafael del Riego en Cabezas de San Juan, con el que se inició el Trienio Constitucional (1820-1823), le permitió retornar a España. En el periodo constitucional salió elegido diputado por Asturias y recuperó la intendencia de Sevilla. En las Cortes, Álvaro Flórez Estrada fue uno de los principales representantes del grupo de los liberales exaltados, junto a José María Calatrava, Francisco Javier de Istúriz y Antonio Alcalá Galiano. Entre febrero y abril de 1823 presidió el Gobierno del que formaron parte los ministros Antonio Díaz del Moral (Gobernación), Lorenzo Cabro de Rosas (Hacienda), José María de Torrijos (Guerra), Ramón Rozay (Marina) y Sebastián Fernández Vallesa (Gracia y Justicia).
La amenaza de una intervención armada organizada por la Santa Alianza con el objetivo de acabar con el régimen constitucional determinó el traslado del Gobierno y del rey a Sevilla en marzo de 1823. Poco después, el 7 de abril, los Cien Mil Hijos de San Luis, ejército francés enviado por la Santa Alianza y dirigido por el duque de Angulema, iniciaba la ocupación del territorio español. La estancia del Gobierno en Sevilla fue aprovechada por el presidente de las Cortes, Flores Calderón, para convocar una reunión a la que asistieron un grupo de diputados, entre los que se hallaban Evaristo San Miguel y Agustín de Argüelles Álvarez, en la que se decidió desautorizar a Álvaro Flórez Estrada y a sus ministros al considerar que carecían del prestigio y representación suficientes para garantizar la gobernabilidad del país.
Los diputados eligieron presidente del Gobierno a Calatrava, cuya misión prioritaria era lograr conciliar las diversas tendencias del Parlamento (exaltados, doceañistas y absolutistas), tarea que la invasión francesa impidió realizar. El restablecimiento del absolutismo obligó a Álvaro Flórez Estrada a emigrar de nuevo a Gran Bretaña, país en el que publicaría la que es considerada su obra fundamental, Curso de economía política (1828). En 1830 marchó a París, atraído por las expectativas creadas por la revolución de julio. Regresó a España en 1834, tras la muerte de Fernando VII, y ese mismo año recuperó su condición de diputado.
Álvaro Flórez Estrada se opuso al sistema de subasta pública utilizado para vender las tierras desamortizadas a la Iglesia por Juan Álvarez Mendizábal (la llamada desamortización de Mendizábal, 1836), argumentando que favorecía claramente a las clases adineradas, cuya capacidad adquisitiva les permitía comprar las tierras subastadas y aumentar sus ya de por sí extensas propiedades. Ello hacía inviable un reparto de tierras equilibrado entre un amplio sector de colonos y pequeños propietarios, circunstancia que hubiera permitido incrementar la producción agraria y asentar la población en amplias zonas de Castilla, Andalucía y Extremadura. Como alternativa, planteó que el Estado conservara la propiedad de las tierras desamortizadas y las cediese en arriendo a los colonos que las trabajasen. Flórez Estrada fue nombrado senador vitalicio en 1845.
El pensamiento económico de Álvaro Flórez Estrada, expuesto en su Curso de economía política (1828), se encuadra, según José Luis Abellán, en la tradición colectivista agraria española (a la que pertenecieron, entre otros, Juan Luis Vives, Juan de Mariana, Lope de Deza o el conde de Floridablanca), con claras influencias de la economía política clásica (Adam Smith, David Ricardo, John Stuart Mill y Jean-Baptiste Say) y del pensamiento ilustrado francés.
El principio fundamental de los colectivistas agrarios era la renovación de los sistemas de propiedad de la tierra (liberalizarla y redistribuirla) como base para acabar con las estructuras del Antiguo Régimen y para emprender la modernización de una economía esencialmente agraria, ideas que Flórez expuso en su artículo “Propiedad”, publicado en 1820 en la Enciclopedia Británica, y en el folleto La cuestión social, o sea origen, latitud y efectos del derecho de propiedad (1839).
Flórez distinguió dos tipos de propiedades territoriales: una de derecho natural, que asociaba al trabajo del individuo (el origen de toda riqueza), y otra de derecho positivo, recogida en las leyes civiles y que, por lo tanto, podía ser derogada por otras leyes. Consideraba que la primera de ellas era inviolable (puesto que si se alteraba podía dejar al individuo sin medios de subsistencia, razón por la cual su protección legal era prioritaria), mientras que la segunda sí que se podía modificar.
Partiendo de estos planteamientos, su estructura de propiedad ideal se basaba en la formación de una amplia clase de pequeños cultivadores que poseyeran sus propias tierras y en la eliminación del latifundismo (formulación que sería recogida setenta años después por los regeneracionistas, con Joaquín Costa a la cabeza). Para ello era imprescindible la nacionalización del suelo agrícola (socialismo agrario), cuyo control debía depender directamente del Estado, si bien el usufructo pertenecía a quien lo trabajaba.
Su concepto de propiedad no lo aplicaba sólo a las formas de posesión tierra, sino que afectaba también a otras actividades económicas. En su opinión, el derecho de propiedad quedaba restringido cuando no se respetaba la libertad de trabajo, por lo que entendía que todo monopolio industrial y comercial repercutía negativamente en el derecho de propiedad de los demás. De este modo, defendía la proclamación de la libertad de comercio e industria en el interior y del librecambismo con el exterior. Se oponía, en definitiva, a la intervención del Estado sobre el patrimonio individual (influencia de la economía política inglesa), salvo en casos excepcionales, y restringía su actuación a garantizar el respeto a la propiedad de derecho natural. Con este concepto un tanto difuso y poco preciso de la propiedad, Flórez trataba de diseñar unas bases sociales, económicas y jurídicas estables que hicieran posible la consolidación del liberalismo.
Cómo citar este artículo:
Tomás Fernández y Elena Tamaro. «» [Internet].
Barcelona, España: Editorial Biografías y Vidas, 2004. Disponible en
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